Inclusión para Altas Capacidades

Ley de educación

La fundación promueve los derechos a la educativa inclusiva e integral de los estudiantes con altas capacidades basados en la ley de protección integral de la niñez y adolescencia (LEPINA), la ley general de educación y educación especial para que se atiendan sus necesidades educativas especiales. 

 

Ley general de educación

Sobre el Art. 2 de la Ley General de Educación. Fines y objetivos de la Educación Nacional. Para que dichos fines y objetivos de la educación se cumplan es necesario tomar en cuenta las necesidades educativas de los estudiantes con altas capacidades:

  1. Lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social: Para que los estudiantes con altas capacidades logren este fin es necesaria la orientación psicoeducativa que beneficie en los estudiantes el manejo su disincronía emocional, social e intelectual.
  2. Contribuir a la construcción de una sociedad democrática más próspera, justa y humana: Los estudiantes con altas capacidades son ciudadanos con necesidades educativas especiales. Se requiere un trato justo y humano evitando falsos diagnósticos y su discriminación.
  3. Inculcar el respeto a los derechos humanos y la observancia de los correspondientes deberes: Los estudiantes con altas capacidades tienen derecho a recibir una educación de acuerdo a sus diferencias individuales. Es urgente velar por el cumplimiento de sus derechos y deberes.
  4. Combatir todo espíritu de intolerancia y de odio: Los estudiantes con altas capacidades son más propensos a sufrir acoso escolar. Se sienten diferentes y muchas veces sus intereses no corresponden a los de sus compañeros provocando el rechazo entre sus pares. La inclusión permite erradicar el acoso escolar y combatir todo espíritu de intolerancia hacia la diversidad.
  5. Conocer la realidad nacional e identificarse con los valores de la nacionalidad salvadoreña: Los estudiantes con altas capacidades son líderes innatos, en el futuro podrían lograr grandes cambios significativos para su comunidad, el país, la sociedad y la humanidad en general.

Art. 3.- La Educación Nacional tiene los objetivos generales siguientes:
a) Desarrollar al máximo posible el potencial físico, intelectual y espiritual de los salvadoreños,
evitando poner límites a quienes puedan alcanzar una mayor excelencia. A los estudiantes con aptitudes sobresalientes se les limitan sus capacidades obligandolos a repetir contenidos que ya saben o han desarrollado, la educación por edad no favorece su desarrollo intelectual ya que poseen características para rendir a un mayor nivel en diferentes áreas.

Ley de educación especial

Sobre la Ley de educación especial y la garantía de los derechos de los estudiantes con necesidades educativas especiales.

Art. 34.- La Educación Especial es un proceso de enseñanza-aprendizaje que se ofrece, a través de metodologías dosificadas y específicas, a personas con necesidades educativas especiales. Los niños, niñas y jóvenes con Altas Capacidades están contemplados dentro del grupo de estudiantes con necesidades educativas especiales. Una educación con equidad e igualdad de oportunidades en condiciones óptimas; propicia un mejor aprovechamiento de las capacidades y el desarrollo de sus talentos.

En el Art. 35 de la ley de Educación Especial se menciona las aptitudes sobresalientes como uno de los objetivos principales.

a) Contribuir a elevar el nivel y calidad de vida de las personas con necesidades educativas especiales por limitaciones o por aptitud sobresaliente.

b) Favorecer las oportunidades de acceso de toda la población con necesidades educativas especiales al sistema educativo nacional.

c) Incorporar a la familia y comunidad en el proceso de atención de las personas con necesidades educativas especiales.

Ley de protección integral de la niñez y adolescencia. LEPINA

Basados en el Artículo 81.- Derecho a la educación y cultura que se lee de la siguiente manera: La niña, niño y adolescente tienen derecho a la educación y cultura. La educación será integral y estará dirigida al pleno desarrollo de su personalidad, aptitudes y capacidades mentales y físicas hasta su máximo potencial. Entendemos que la integralidad no significa solo incluirlos sino también a recibir una educación apropiada a sus necesidades.

Se puede considerar que hay igualdad de oportunidades cuando todos los estudiantes tienen las mismas posibilidades educativas; para los niños y niñas con altas capacidades significa que tienen las mismas probabilidades de ingresar en el sistema educativo, pero NO de mantenerse en él y de aprender lo mismo ya que no obtienen los mismos beneficios de lo aprendido. En educación, según la UNESCO, la equidad implica educar de acuerdo a las diferencias y necesidades individuales si esto significa algo se considera equitativo que los estudiantes con un potencial alto reciban atención para no fracasar en la escuela porque aprende de otra manera, sus características e intereses son diferentes.

Referencias: