Recibir educación de acuerdo a sus capacidades es un derecho negado a los estudiantes con altas capacidades.
5 minutos de lecturaUna de las metas de la educación nacional es el desarrollo óptimo de las capacidades de los estudiantes, por lo tanto, ésta debe fortalecer cada uno de los aspectos que lo forman para convertirlo en un ser autónomo, libre y capaz de tomar sus propias decisiones. Para el logro de éste desarrollo, la educación debe de tener unos lineamientos o fines que lo favorezcan teniendo en cuenta el medio sociocultural en el cual se desenvuelve, las necesidades y prioridades de la sociedad de la cual hace parte.
Desde los centros educativos los fines y objetivos de la educación nacional deberían de ser prioridad y una realidad; así como el respeto y garantía a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Fines de la educación nacional sin cumplirse:
Según la ley general de educación en El Salvador los fines de la educación nacional son seis (Art. 2). A continuación, relacionamos cinco fines que están siendo vulnerados en la atención de los estudiantes con altas capacidades:
- Lograr el desarrollo integral de la personalidad en su dimensión espiritual, moral y social.
Para que los estudiantes con altas capacidades logren este fin es necesario entender quiénes son los menores con altas capacidades. Conocer su personalidad y disincronía emocional, social e intelectual para proporcionar una atención psicoeducativa diferenciada que les permita alcanzar el desarrollo integral de la personalidad.
- Contribuir a la construcción de una sociedad democrática más prospera, justa y humana;
Los estudiantes con altas capacidades son ciudadanos con necesidades educativas especiales. Necesitan ser identificados, tener un trato justo y humano, evitando falsos diagnósticos y la discriminación que tanto daño hace a los menores y sus familias.
- Inculcar el respeto a los derechos humanos y la observancia de los correspondientes deberes;
Los estudiantes con altas capacidades tienen derecho a recibir una educación de acuerdo a sus diferencias y diversidades, respetando sus derechos a una educación de acuerdo a sus capacidades. Para los niños con altas capacidades no hay aulas de apoyo, ni programas que garanticen su desarrollo.
- Combatir todo espíritu de intolerancia y de odio;
Los niños y niñas con altas capacidades son más propensos a sufrir acoso escolar, se sienten diferentes y sus intereses no corresponden a los de sus compañeros, provocando el rechazo entre sus pares. La inclusión permite erradicar el acoso escolar.
- Conocer la realidad nacional e identificarse con los valores de la nacionalidad salvadoreña;
Los estudiantes con altas capacidades son líderes innatos, en el futuro podrían lograr grandes cambios significativos en su entorno, la sociedad y para la humanidad.
¿Cuáles son los derechos que están siendo vulnerados con respecto a la atención de las altas capacidades?
En la Ley de educación especial y la garantía de los derechos de los estudiantes con necesidades educativas especiales; en el Art. 34 (Ley General de Educación) los niños, niñas y jóvenes con Altas Capacidades están contemplados dentro del grupo de estudiantes con necesidades educativas especiales llamados estudiantes con aptitudes sobresalientes.
¿Quiénes son los estudiantes con aptitudes sobresalientes?
Son estudiantes con altas capacidades que destacan significativamente del grupo social y educativo al que pertenecen en uno o más de los siguientes campos del quehacer humano: científico-tecnológico, humanístico-social, artístico y/o deportivo. Estos estudiantes, por presentar necesidades específicas, requieren de un contexto facilitador que les permita desarrollar sus capacidades personales y satisfacer sus necesidades e intereses para su propio beneficio y el de la sociedad.
En el artículo 35 de la ley de Educación Especial se menciona las aptitudes sobresalientes como uno de los objetivos principales:
- Contribuir a elevar el nivel y calidad de vida de las personas con necesidades educativas especiales por limitaciones o por aptitud sobresaliente.
- Favorecer las oportunidades de acceso de toda la población con necesidades educativas especiales al sistema educativo nacional.
- Incorporar a la familia y comunidad en el proceso de atención de las personas con necesidades educativas especiales.
Si la ley se aplica, deberían de existir aulas de apoyo o programas específicos dentro de las escuelas en las que se eduque con equidad e igualdad de oportunidades; propiciando las condiciones óptimas para que estos estudiantes desarrollen sus capacidades, pero en la realidad este derecho está siendo negado. Los estudiantes con altas capacidades sufren discriminación, obligándolos a recibir una educación repetitiva que para ellos no es significativa, provocando desmotivación, baja autoestima y fracaso escolar.
El Artículo 81 de la Ley de protección integral de la niñez y adolescencia, LEPINA, establece que la niña, niño y adolescente tienen derecho a la educación y cultura. La educación será integral y estará dirigida al pleno desarrollo de su personalidad, aptitudes y capacidades mentales y físicas hasta su máximo potencial.
Los estudiantes con altas capacidades se encuentran en situación de riesgo social debido al desconocimiento de sus características, los mitos y una mala gestión educativa podrían terminar con la pérdida de sus talentos. Los niños con altas capacidades necesitan ser identificados para determinar sus necesidades educativas especiales y realizar las adaptaciones curriculares pertinentes para que se desarrollen de acuerdo a sus posibilidades y capacidades.
Los padres de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de altas capacidades tienen el derecho:
- A que su hijo sea identificado.
- A que se le realice al estudiante una evaluación psicoeducativa cuando se sospecha de altas capacidades.
- A que la institución educativa pública o privado ofrezcan a su hijo con alta capacidades, no la respuesta educativa que a la institución le parezca bien o esté dispuesto desarrollar, sino la adaptación o diversificación curricular precisa.
La educación es pilar fundamental del desarrollo humano. Tenemos el reto de velar y garantizar los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes en especial los que a diario son violentados y negados.
Referencia bibliográfica:
- Ley general de educación de El Salvador
- Ley de protección integral de la niñez y adolescencia (LEPINA)
- Cuando la crianza de las altas capacidades es un problema - agosto 9, 2024
- LAS ALTAS CAPACIDADES UN ASUNTO DE INTERÉS PÚBLICO NACIONAL - febrero 28, 2024
- La inclusión de niños con altas capacidades en el aula - febrero 23, 2024